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Murcia, febrero de 2000: la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia y el Juez del Registro
Civil se oponen al matrimonio entre una mujer y una
transexual que se convirtió en hombre mediante
una operación de cambio de sexo.
El fiscal entiende que ha de desestimarse la solicitud
de la pareja (que ya ha recurrido ante la Dirección
General de los Registros y del Notariado del Ministerio
de Justicia, y piensa llegar hasta el Constitucional
si es preciso) para que se le autorice a unirse en
matrimonio civil. ¿Por qué? El Ministerio
Público entiende que se puede cambiar de sexo
y de nombre en el Registro Civil, pero que eso no
significa que la persona que antes estaba inscrita
como mujer pueda a partir de ese momento ser considerada
un hombre a todos los efectos.
Lérida, octubre de 1999: El titular del Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción número
7 de dicha ciudad autoriza a una persona que se había
cambiado de sexo a contraer matrimonio como mujer.
El juez ordenó que se rectificara su sexo en
el Registro para inscribirlo como mujer.
Entre los argumentos que fundamentan esta decisión
(una de las primeras que permitió a un transexual
casarse como mujer en el estado) se encuentra la lógica
consideración de que "una situación
como la transexualidad ha de suponer necesariamente
una admisión plena de la capacidad de obrar
como mujer de quien en ello se ha convertido, incluso
a los efectos de poder contraer matrimonio como tal,
ya que en nada quebranta normas de orden público".
La sentencia añadía que "sería
absurdo posibilitar operaciones de transexualidad
sin cambiar la consideración pública"
de la persona que se somete a ellas.
Es bastante frecuente que asuntos muy semejantes se
resuelvan de forma diferente por jueces y tribunales,
cada uno de los cuales interpreta de distinta manera
idénticos preceptos legales. Es algo sin duda
problemático, sobre todo en la medida en que
origina cierta inseguridad jurídica (que es
uno más de los muchos problemas que tiene una
Administración de Justicia que, como dice el
refrán, suele ser mala, lenta e injusta). Sin
embargo no es algo necesaria e intrínsecamente
malo.
Y no hace falta remontarse a los tiempos del "uso
alternativo del derecho" para percatarse de que
la posibilidad de interpretar las normas, aun dentro
de unos límites, es lo que en ocasiones permite
al derecho avanzar hacia la justicia. Es el caso de
la sentencia de Lérida, que no es única
pero sí excepcional; frente al dictamen de
Murcia, que sigue las líneas marcadas por el
Tribunal Supremo o la Dirección General de
los Registros y el Notariado, profundizando en la
restricción de derechos, en la discriminación
y, por tanto, en la injusticia.
Una concordancia con la jurisprudencia y las directrices
existentes, poco menos que insultante para el sentido
común y carente de la mínima coherencia
lógica exigible al desarrollo efectivo de un
ordenamiento jurídico. Permitir las operaciones
de cambio de sexo y su reflejo en los registros sólo
a efectos de cambio en el DNI, limitando la práctica
efectiva de otros derechos, cercenando la dignidad
de la persona, entronizando al cromosoma y ninguneando
los elementos psicológicos; es una cruel tomadura
de pelo.
En el fondo de este tipo de decisiones está,
de un lado, la no aceptación de la transexualidad;
y de otro, la antediluviana consideración de
que una de las finalidades del matrimonio es la procreación.
Por una parte, se tolera el cambio de sexo, pero ni
se acepta ni se respeta (y el matiz no es superfluo)
semejante decisión. Por otra parte, se considera
que el derecho (constitucionalmente reconocido) de
hombres y mujeres a contraer matrimonio sólo
es aplicable entre hombres y mujeres.
En realidad la constitución no excluye el matrimonio
entre hombres ni el matrimonio entre mujeres, por
mucho que el posterior desarrollo legal impida a dos
personas del mismo sexo ese "negocio jurídico"
que es casarse. Pero esa es otra historia. Pese a
quien pese los casos reseñados son de hombres
y mujeres. Hombres y mujeres que nacieron con unos
genitales distintos a los que sus cabezas y sus deseos
reclamaban para sí, unas mentes en un cuerpo
"equivocado", que tuvieron la valentía
de intentar adueñarse de sus vidas.
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